Consejos prácticos

Tipos de jubilación: ¿Cuáles son y cómo solicitarlas?

¿Sabías que en España actualmente hay un gran número de tipos de jubilación? Muchas personas piensan que todas las jubilaciones son iguales y solo conocen las jubilaciones contributivas y no contributivas. Pero a lo largo de este artículo te vamos a demostrar que hay diferentes tipos. Es importante conocerlos para intentar hacernos a la idea de que opción podría encajar mejor con nuestra situación.  

¿Qué tipos de jubilación hay? 

Actualmente podemos ver como en España al menos hay diez tipos de jubilación. Te vamos a hablar de cada una de ellas y así podrás ver que opción encaja mejor con tus necesidades.  

1- Jubilación ordinaria 

Se puede definir como la jubilación más común y en consecuencia la más conocida. Es importante recalcar que a partir de 2013 se decidió aumentar la jubilación de los 65 a los 67 años poco a poco. Concretamente se va aumentando dos meses por año, hasta que en 2027 se llegue a los 67 años pactados.  

Para poder disfrutar de esta jubilación hay que tener un mínimo de 15 años cotizados, a la vez que las personas quieran jubilarse a partir de los 65 años tendrán que tener un mínimo de 38 años y medio cotizados.  

2- Jubilación anticipada voluntaria 

Es la jubilación que se puede solicitar dos años antes de la jubilación ordinaria. Para poder acceder a ese tipo de jubilación es necesario contar con al menos 35 años cotizados, siendo dos de ellos en los últimos 15 años.  

En este caso el importe deberá ser superior a la pensión mínima y se hará la aplicación de coeficientes reductores.  

3- Jubilación anticipada involuntaria  

Se puede realizar hasta cuatro años antes de la edad de jubilación ordinaria. Para acceder a la misma hay que tener al menos 33 años cotizados y dos de esos años deberán estar dentro de los últimos 15 años.  

Solo se puede acceder a esa jubilación a través de una jubilación forzosa como jubilación del empresario, ERE, extinción del contrato por incompatibilidad de traslado, víctima de género… De nuevo se realizará la aplicación de coeficientes reductores.  

4- Jubilación especial a los 64 años 

Es un tipo de jubilación que tiende a extinguirse pero que todavía se usa en caso de procedimientos concursales o ERE. No hay aplicación de coeficientes reductores y en este caso el trabajador tendrá que sustituir al trabajador por un pardo.  

5- Jubilación activa 

Es la que se produce un año después de la edad de jubilación reglamentaria, es decir, la ordinaria. Para recibir el máximo hay que cotizar el máximo de años y se recibe la mitad de la pensión. A eso hay que añadir un abono de una cotización de solidaridad del 9%. 

6- Jubilación parcial 

Esta opción no es compatible con los autónomos. Dentro de la misma podemos encontrar dos variables. 

Sin contrato de relevo: se produce en la edad de jubilación ordinaria. Permite la reducción de la jornada del 25% al 75%. Para acceder a ella es necesario contar con al menos 15 años cotizados, siendo al menos 2 años en los últimos 15 años.  

Con contrato de relevo: se produce con edad de jubilación ordinaria. La reducción de la jornada puede ser del 25% al 75%. La cotización mínima será de 33 años, aunque las personas con discapacidad solo necesitan 25 años. Además, la empresa tendrá que tener una antigüedad mínima de 6 años.  

7- Jubilación flexible 

Para disfrutar de la misma hay que estar jubilado y solicitar la reducción de la jornada que puede ser del 25% al 50%. Es una opción que no se puede solicitar si se es autónomo.  

8- Jubilación para trabajadores con discapacidad 

Se puede solicitar dentro de la edad ordinaria de jubilación. Pero también hay la opción de solicitarla de manera anticipada.  

Las personas con discapacidad igual o superior al 45% la pueden solicitar a los 56 años, mientras que las personas con más de un 65% de discapacidad la pueden solicitar a los 52 años. En estos casos se aplica la aplicación de coeficientes reductores.  

9- Jubilación en trabajos penosos, tóxicos o con riesgo  

Es un tipo de jubilación que se puede adelantar a los 52 años, siempre y cuando se acepte la aplicación de coeficientes reductores.  

10- Jubilación de funcionarios  

Es la jubilación que va dirigida a los jubilados y se puede solicitar a los 60 años.  

Cuando buscar ayuda de abogados especialistas en Seguridad Social y pensiones 

Como puedes ver, actualmente hay muchos tipos de jubilación y no siempre es fácil saber a qué opción se tiene acceso. Por ese motivo es importante contar con los servicios de un buen abogado. 

Un buen abogado experto en la jubilación te ayudará a hacer valer tus derechos y así adquirir la pensión que realmente se adapta a lo que necesitas. En https://abogadosduran.com/especialistas-derecho-laboral-y-seguridad-social/jubilacion/ podrás encontrar más información sobre los diferentes tipos de jubilación que existen en nuestro país. Además, podrás tener acceso a los Abogados Duran, los cuales te ayudarán en todo lo que puedas necesitar.  

Los abogados Duran son expertos en seguridad social y jubilaciones. Gracias a sus conocimientos podrás tener la certeza de que vas a acceder a la pensión que realmente te corresponde por ley. Te llamaría la atención el gran número de pensionistas que no están recibiendo la pensión que realmente les corresponde, sino una inferior. Y eso se debe a que no han disfrutado de la asesoría legal que les habría ayudado a conseguir la pensión que realmente les corresponde.  

Los abogados están especializados en la impugnación de resoluciones denegatorias de pensiones ante el INSS. Es importante que sepas que para realizar la impugnación hay hasta 30 días hábiles, de aquí que sea tan importante contar con la ayuda de un buen abogado. No lo dudes, si tienes dudas o quieres disfrutar de asesoría legal sobre el tema, te recomiendo ponerte en contacto con los abogados Duran. Ellos te ayudarán y así podrás tener la certeza de que vas a obtener la pensión que te corresponde.